martes, 19 de julio de 2022
Trámites Extranjeros Extranjería Requisitos Compra

¿Cómo compro una vivienda en España si soy extranjero?

En la provincia de Alicante se vendieron 49.858 viviendas en 2022 y más del 40% de los compradores fueron extranjeros (datos del INE).

Si tú también has decidido adquirir una vivienda en España, conoce los pasos a seguir...


Para iniciar este post, nos gustaría recomendarte que para que la búsqueda de vivienda sea más efectiva, organizada y sencilla, hagas uso de los servicios de un agente inmobiliario profesional. Esta persona será quien mejor te pueda asesorar sobre las zonas para vivir o las oportunidades disponibles, en base a los criterios de tu búsqueda, y será quien se encargue de verificar que toda la documentación de la vivienda esté en regla (tarea de la que, en otros países, se encarga el notario).


Sobre los trámites...

Una vez que hayas encontrado la propiedad que deseas adquirir y tengas claro el método de financiación que utilizarás, para formalizar la compra, lo primero que debes hacer es obtener tu Número de Identificación de Extranjeros (NIE).

EL NIE es un número único y personal que te identificará como extranjero y será imprescindible para realizar cualquier tipo de operación económica o trámite ante las autoridades de España, desde abrir una cuenta bancaria, contratar servicios, pagar impuestos, abrir un negocio y hasta comprar y vender un coche o una vivienda.

Lo asigna el Ministerio del Interior y lo puedes solicitar en las oficinas de la Comisaría de Policía del lugar en el que elijas comprar la vivienda, otorgar un poder a un representante en España para que lo gestione en tu nombre o acudir a las Oficinas Consulares españolas en tu país de origen.

El NIE se emite en forma de un certificado impreso en papel sin fotografía y no es un visado o permiso de residencia. Además, por sí solo, no implica la residencia local ni fiscal de su titular.

 Puedes encontrar los detalles del trámite aquí: https://bit.ly/3NNJu50


Es aconsejable abrir una cuenta bancaria en España, bien sea para domiciliar el pago de impuestos y tasas asociadas a la vivienda que deben pagarse en el país, como para el pago de recibos de suministros (agua, luz, gas, etc.), o para transferir el importe necesario para comprar la vivienda desde tu país de origen a España. Pero, si eres ciudadano comunitario, puedes domiciliar tus recibos en tu cuenta habitual de tu país de origen porque la banca a nivel de la comunidad europea está integrada con el código IBAN.


Sobre los impuestos...

Por otro lado, debes saber que, cada año, deberás pagar el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) que es un tributo directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y jurídicas no residentes en España, o el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) si tu residencial habitual está en el país. Es decir, si pasas 183 días o más al año en España.

Si no eres residente en España, en algunos casos y según el país en el que residas, podrás requerir un representante fiscal (amigo, familiar, abogado...).

También pagarás un tributo llamado Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y una tasa de recogida de residuos correspondientes a la(s) propiedad(es) que hayas adquirido, cuyo importe depende del ayuntamiento donde se ubica la propiedad y el valor de la vivienda.


Sobre la financiación…

Las entidades bancarias españolas ofrecen financiación a los extranjeros no residentes en España. Existen, además, hipotecas diseñadas exclusivamente para ellos. Usualmente, la financiación máxima de este tipo de préstamo para una segunda vivienda es del 70% del valor de la tasación (valoración del bien inmueble elaborado por una entidad especializada) o del 80% en caso de una primera vivienda, para compradores de la comunidad económica europea, para otros países hay que consultarlo con las entidades bancarias.

Esto quiere decir que se tiene que contar con un mínimo del 20% del precio de la vivienda disponible, además de un 13 a un 15% extra sobre el coste de la vivienda para pagar impuestos, gastos de abogado, de notaría, etc.

Además, tu endeudamiento no puede pasar de un 30-35% de tus ingresos.

Otros datos importantes a tener en cuenta son que, normalmente, en España las hipotecas se contratan por un mínimo de cinco años y un máximo de treinta, con los 75 años como edad máxima para finalizar la hipoteca. También cabe decir que cada entidad tiene sus propios criterios de riesgo, en los que se puede incluir el país de residencia, y que las propiedades en el extranjero no se suelen aceptar como aval, ya que es difícil llegar a ellas.


Nuestros consejos para ti son los siguientes:

  1. Rodéate de profesionales que te guíen en el proceso de búsqueda y compra
  2. Busca la financiación que se adapte a tus necesidades
  3. Analiza detenidamente la propiedad
  4. Asegúrate de entender el contrato
  5. Realiza los trámites necesarios para formalizar la operación, apóyate en tu agente
  6. Asegúrate de cumplir con el pago de tus impuestos u otras obligaciones


¿Tienes alguna duda? Ponte en contacto con nosotros rellenando nuestro formulario o llámanos a los teléfonos que encontrarás aquí.

Agente inmobiliaria registrada en la Comunidad Valenciana bajo el Nº RAICV 1.888.

 

Contacto
C/ Josefina Pascual, 4
03540 – Alicante

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